El Consejo de Ministros extraordinario que aprobará medidas excepcionales frente al coronavirus ha comenzado a las 10:30 horas. Se ha dado tras establecer el estado de alarma en todo el país. El Consejo está presidido por el jefe del Ejecutivo, Pedro Sánchez, ha informado Moncloa.
Todos los ministros asisten a este encuentro que se está celebrando de manera presencial en La Moncloa. La excepción se ha dado en dos titulares: la de Igualdad, Irene Montero; y Política Territorial, Carolina darias. Ambas fueron contagiadas por coronavirus y por ello no han podido asistir.
Cuando concluya, Sánchez informará sobre el contenido en una rueda de prensa desde Moncloa. Por segunda vez, tendrá lugar sin presencia física de periodistas, que remitirán sus preguntas vía telemática.
Entre las medidas se incluye la posibilidad de derivar pacientes desde la sanidad pública a la privada. Esto se da para poder hacer frente a la saturación que registra el sistema público en lugares como la Comunidad de Madrid.
Sánchez explicó el viernes que su intención decretando el estado de alarma era ser más eficientes y rápidos a la hora de movilizar recursos económicos y sanitarios, públicos y privados, civiles y militares. Todo para combatir esta emergencia sanitaria que, advirtió, España está en una “primera fase”. Y es que el presidente no descartó que la próxima semana el país pudiese superar la cifra de más de 10.000 afectados.
El jefe del Ejecutivo hizo un llamamiento a la responsabilidad de la ciudadanía, subrayando que el verdadero heroísmo hoy está en “lavarse las manos, quedarse en casa” para contener así los contagios y proteger a la población más vulnerable. Estas son las que pueden precisar mayor probabilidad de ingreso hospitalario en caso de contraer el virus - personas con edad avanzada, con patologías o inmunodeprimidas -.
El estado de alarma que se aprueba hoy sábado tendrá una vigencia de 15 días, prorrogable si así lo autoriza el Congreso de los Diputados.
La ley que regula este instrumento excepcional para crisis sanitarias o de otro tipo otorga al Gobierno la potestad de limitar la circulación de personas o intervenir fábricas. Además de requisar bienes, imponer prestaciones personales obligatorias o sanciones para su cumplimiento.
El Ejecutivo podría también limitar o racionar el uso de servicios o el consumo de artículos de primera necesidad. Y dar las órdenes necesarias para asegurar el abastecimiento de los mercados y el funcionamiento de los servicios y de los centro de producción afectados de desabastecimiento de productos de primera necesidad. En este último caso, el Ejecutivo podría acordar la intervención de empresas o servicios.
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