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CONSUMUR recuerda a los consumidores sus derechos ante el 'spam' telefónico

CONSUMUR recuerda a los consumidores sus derechos ante el 'spam' telefónico

La Asociación de Consumidores y Usuarios en Red, CONSUMUR, ha recordado los derechos de los consumidores ante la práctica comercial consistente en ofrecer productos y servicios vía telefónica "de manera insistente", informaron fuentes de la organización en un comunicado.

CONSUMUR ha señalado que las llamadas comerciales "son ilegales si no se ofrece al usuario la posibilidad de mostrar su oposición a continuar recibiéndolas, o si éstas siguen produciéndose a pesar de haberse solicitado a la empresa que no se reiteraran".

Igualmente, ha comentado que en ningún caso se pueden realizar fuera del horario establecido por Ley, es decir, ni antes de las 9.00, ni después de las 21.00 horas. Tampoco se pueden realizar llamadas en días festivos ni en fines de semana.

Sin embargo, a pesar de existir una regulación al respecto, "son muchas las empresas que incumplen la misma, generando situaciones muy molestas en los usuarios, que desconocen cómo proceder", apuntan desde la asociación.

QUÉ HACER ANTE EL 'ACOSO' TELEFÓNICO

Consumir aconseja, ante una llamada comercial de una empresa que ofrece un producto o servicio que no interesa, ser muy claros y manifestar que no deseamos ninguna información de las ofertas de la empresa, ejerciendo así nuestro derecho de oposición. Según la normativa vigente, la empresa en cuestión no puede llamar más.

Si a pesar de haber manifestado el deseo de no recibir llamadas la empresa continúa realizándolas, se puede interponer una reclamación inicial a través de CONSUMUR, y, en una segunda instancia, ante la Agencia Española de Protección de Datos.

Es importante que nunca se faciliten datos personales en este tipo de llamadas (domicilio, número de cuenta, DNI, entre otros), dado que así se evitará ser víctima de fraude.

En este sentido la organización recuerda que son muy frecuentes los casos de 'slamming' --cambio de compañía sin autorización expresa del cliente--, que tienen su origen en ofertas comerciales realizadas telefónicamente.

Si se suelen recibir muchas llamadas comerciales de distintas empresas, es aconsejable que inscribirse en la Lista Robinson, un fichero de exclusión publicitaria de carácter gratuito en el que el usuario elige qué tipo de publicidad no desea recibir (por email, sms, teléfono).

En este sentido, cabe tener en cuenta que al inscribirse solo se está protegido ante la publicidad de empresas con las que nunca se ha tenido relación, y que están obligadas a consultar este fichero antes de iniciar campañas publicitarias tras extraer datos de usuarios de fuentes accesibles al público o de bases de datos de las que no son responsables.

La inscripción es efectiva pasados tres meses aproximadamente, ya que las compañías deben revisar periódicamente esta lista.

En el caso de que las llamadas comerciales no deseadas provengan de empresas con las que anteriormente se ha tenido un contrato, el usuario debe contactar directamente con ellas para exigir que cesen en el ofrecimiento comercial.

CONSUMUR ha instado a los usuarios que se vean afectados a que interpongan reclamaciones. Igualmente, pone a su disposición el Teléfono de Atención al Consumidor y Usuario, '968 223 082', y su portal web, 'www.consumur.org'.

 

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