El Grupo Municipal de Vox en el Ayuntamiento de Murcia ha impugnado la resolución del secretario respecto a las Juntas Municipales, según informaron fuentes de esta formación política en un comunicado.
En este sentido, Vox ha recordado que, recientemente, los presidentes de las Juntas Municipales de su partido recibieron una solicitud presentada por los vocales de PSOE, Cs y Podemos para convocar un Pleno extraordinario con el fin de cesarlos del cargo y nombrar a los que ellos proponían.
Los presidentes, en virtud de lo que recoge el Reglamento de Participación Ciudadana y un Dictamen del Consejo Jurídico de la Región, entienden que "no pueden dar cumplimiento a la solicitud, pues el procedimiento que se propone no es el reglamentario". Y es que, según Vox, "la solicitud se presenta en forma de moción de censura y sin motivación".
Además, este partido sostiene que "tenía que usarse por analogía el procedimiento regulado para el nombramiento de los presidentes en el propio Reglamento, esto es, no se puede nombrar un candidato que asuma la presidencia automáticamente, sino que primero se debe debatir el cese y votarlo, y después elección de un nuevo presidente de entre los vocales de la Junta".
Asimismo, Vox recuerda que el Consejo, en ese Dictamen, ya advirtió que "para que no se generase esa inseguridad jurídica ante la falta de regulación, se debía modificar el Reglamento en el sentido de regular el procedimiento de cese de los presidentes".
"La convocatoria del Pleno extraordinario en la forma planteada en la solicitud podría generar la nulidad del mismo, pues por un lado se incumpliría el Reglamento y el Dictamen del Consejo Jurídico y por otro, podría dar lugar a la vulneración del derecho constitucionalmente reconocido de participación política, pues se estaría sustrayendo a los vocales la posibilidad de elegir a un nuevo presidente que no sea el impuesto en la solicitud indicada, por este motivo", ha afirmado el vicesecretario Jurídico de Vox Francisco José Garre.
Las consecuencias de la eventual declaración de nulidad de dicho Pleno, según Vox, "serían muy perjudiciales y difíciles de revertir, pues no solo afectaría al ámbito político, sino también al social pues todas las actuaciones que se adoptaran tras ese Pleno por esa Junta Municipal devendrían también nulas, lo que implicaría, por ejemplo, la nulidad de los contratos celebrados con proveedores además de otras, lo que generaría una gran inseguridad jurídica".
Por ello, los presidentes de las Juntas Municipales de Vox Murcia presentaron un escrito dirigido a la concejal delegada de Pedanías exponiéndole esta situación "sin que a día de hoy se haya recibido respuesta".
Además, recuerda que desde el Grupo Municipal de Vox y el del PP "se presentó un escrito dirigido al secretario general del Consistorio en el que le exigían que emitiese un informe jurídico al respecto". Al solicitarlo más de un tercio de los concejales del Consistorio, ese informe "es preceptivo y provoca la suspensión del procedimiento hasta que se resuelvan las cuestiones planteadas", sostiene.
"El secretario general despacha el escrito de los concejales con argumentos espurios resolviendo que la solicitud de los vocales está planteada correctamente y que por tanto se puede celebrar ese Pleno extraordinario, en cambio, previamente en el propio informe manifiesta que él no es el órgano competente para emitir dicho informe porque no es secretario de las Juntas Municipales, lo que genera, nuevamente inseguridad jurídica", ha especificado Garre.
Ante esta situación, los concejales de Vox y el Partido Popular "presentan un escrito dirigido al alcalde solicitándole que recabe el dictamen del Consejo Jurídico pues él tiene la legitimación activa para hacerlo".
"También presentan un segundo escrito recurriendo la resolución del secretario general reiterando la medida cautelar de suspensión del procedimiento hasta que el órgano competente emita el Dictamen, pues entienden que de seguir adelante además de un flagrante incumplimiento de la Ley y de las normas que regulan la tramitación de los procedimientos administrativos se estaría vulnerando el art. 23 de la Constitución en cuanto al derecho fundamental de participación política", ha concluido Garre.
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